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Comisión Senado recorta estándares abiertos |
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Escrito por Coordinación
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Tuesday, 05 June 2007 |
La Comisión de Administración Pública del Senado recorta los derechos digitales de los ciudadanos [España] Hispalinux, FFII, RITSI, Comfia-CCOO, Internautas, ATI, Linux.es, Legalventure, Iglues, ESLIC, AGNIX, LiMa, LiCor, GCubo, Informáticos Penitenciarios, Fundación Ciencias de la Documentación, EstándaresAbiertos.org Nota de Prensa Conjunta: Madrid/Bruselas 5 de Junio de 2007 Actualización 2006-06-07: recogida en El Mundo, Invertia, elEconomista, PC Actual, Barrapunto (1),(2), HispaMP3, Internautas, etc. Actualización 2007-06-07: Texto adoptado por el Senado con las enmiendas incorporadas El pasado día 31 de mayo la Comisión de Administración Pública del Senado votó la enmienda de la Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a las Administraciones Públicas (LAECAP). Entre las enmiendas propuestas se encontraban algunas presentadas por los grupos Mixto, integrado por IU y BNG, y Entesa Catalana del Progrés (PSC, ERC, ICV) que eran apoyadas por las principales organizaciones sociales dedicadas a la fomentar la creación, uso y difusión de las nuevas tecnologías. En contra de los principios defendidos por estas organizaciones se posicionaron principalmente PP y PNV. |
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Estándares internacionales como fuente de abusos |
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Escrito por Coordinación
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Monday, 26 February 2007 |
Estándares internacionales como origen de abusos y discriminación ciudadana
MP3 es un "estándar internacional" pero no un "estándar abierto"Novedades 2007-mar-26: las principales asociaciones informáticas españolas exigen que la Ley de Administración Electrónica (LAECAP) garantice el uso de los estándares abiertos en todos los servicios públicos y la eliminación de la referencia a "estándares internacionales" que son discriminatorio. Respectivas notas de prensa: ATI, RITSI, Hispalinux, FFII, Linux Español, Internautas, AGNIX, ESLIC, Mancomún y aplastante opinión de gran parte de la blogosfera. El hecho además es noticia en muchos medios de prensa como El Mundo, Terra, Barrapunto y Menéame. Novedades 2007-mar-21: estudio de enmiendas y propuestas: PSOE y PP mantienen los "estándares internacionales reconocidos" pese a ser potencialmente discriminatorios, mientras que IU, CiU, ERC, BNG y CHA proponen evitar esa exclusión normalizando el uso de los "estándares abiertos". Novedades 2007-mar-15: enmiendas presentadas en el Congreso Español a la Ley de e-Administración.Novedades 2007-ene-29: estudio sobre tipos y categorizaciones de estándares informáticos. Artículo original (2007-feb-26):
Existen ya demasiadas circunstancias en las que los estándares internacionales se han convertido en una fuente de desmesurado enriquecimiento para muy pocos en detrimento de un beneficio global para la interoperabilidad entre toda la sociedad y del libre mercado. Esto choca con precisamente los objetivos que dictan la función principal y primigenia de dichos estándares: "ISO standards are designed to be implemented worldwide" (Traducción: "Los estándares ISO se diseñan para ser implementados mundialmente"). En una descripción más concreta de su cometido extraída de documentos de ISO en traducción no oficial realizada por EstándaresAbiertos.org se puede leer: Los estándares ISO "hacen transparentes los requisitos que los productos deben reunir en los mercados mundiales, a la par que los mecanismos de medición de la conformidad para comprobar que esos productos cumplen con los estándares. Como resultado, los proveedores de los países tanto desarrollados, como en vías de desarrollo pueden competir en igualdad de condiciones de mercado en cualquier lugar." Legalmente hablando un estándar internacional es aquel concedido y reconocido por los órganos oficiales e internacionales de estandarización constituidos por los distintos países a través de sus representantes oficiales (generalmente los cuerpos de estandarización nacionales de cada país). El ámbito geopolítico de validez de dichos estándares estará vinculado al espectro de países que constituyan dichos cuerpos de estandarización. Así, ISO, o sus pares IEC e ITU-T (constituyentes los tres de la World Standards Cooperation, WSC), ofrecen estándares mundiales, mientras que CEN y CENELEC los ofrecen sólo europeos y AENOR sólo españoles. En paralelo existen otros organismos o asociaciones dedicados a la estandarización que están constituidos por agentes privados de la industria o sectores de ella, por lo que no se puede considerar que sean "internacionales", sino más bien estándares industriales. Ese es el caso de asociaciones y organismos como W3C, OASIS, IETF, JCP, OMG, ECMA, etc. Independientemente del ámbito geopolítico de validez de los estándares internacionales, se presupone que la función de un estándar internacional concedido es garantizar que todo el mundo pueda implementarlo sin limitaciones e interoperar en igualdad de condiciones de partida. Sin embargo, frente a estos objetivos, la realidad de la práctica dista bastante de ser ésa. Sobre todo en mercados como el estadounidense, que por sus especiales y endémicas reglas de juego, además de por su tamaño e importancia económica, consiguen al final capilarizar a otros muchos mercados. Y para ejemplo palpable de esta realidad más adelante evaluaremos las consecuencias de la reciente sentencia judicial que condena en EE.UU. a la a día de hoy mayor empresa de software del mundo, Microsoft, a pagar más de 1.500 millones de dólares de indemnización a otra multinacional por implementar un estándar internacional, el archiconocido y difundido MP3... que incluso ya habían licenciado... o al menos eso creían... La clave de este caso, así como de otros muchos equivalentes y por ahora menos llamativos mediáticamente, está en que se resuelvan disyuntivas y contradicciones de los sistemas de estandarización internacionales como: ¿de quién son los estándares internacionales en realidad? ¿Cómo es que estándares a los que se les otorga el sello público de "internacionales", en realidad no son de propiedad internacional y universal sino que pertenecen en exclusiva a ciertos tenentes de patentes, muchos de ellos incluso desconocidos a priori ("patentes submarinas")? ¿Cómo es que para implementar un estándar es necesario pedir permiso y compensar arbitrariamente a algunos entes privados o personas que se puedan atribuir su propiedad en el presente e incluso en el incierto futuro? ¿Por qué no se exige siempre la cesión previa de derechos antes de conceder a un estándar el sello de "para todos y de todos", esto es, el sello de "internacional"? |
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Ley de Administración Electrónica española (LAECAP) |
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Escrito por Alberto Barrionuevo
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Saturday, 18 November 2006 |
Ley de Administración Electrónica (LAECAP) y estándares abiertos[Seguimiento de la tramitación de la ley al final del artículo] Artículo original (2006-nov-18):  Jordi Sevilla La Ley de Administración Electrónica española (LAECAP) va a traer bajo su amparo algo excepcionalmente importante, y es que va a otorgar a los ciudadanos un derecho nuevo, el de poder realizar cualquier trámite administrativo de forma electrónica (¡cualquiera!). Y como no todos los días se gana un derecho, el día que se apruebe habrá que estar de enhorabuena por esa parte y felicitar a sus impulsores.
Sin embargo, a día de hoy aún existe un problema que es imprescindible solventar: la actual redacción de esta Ley, asesorada principalmente por las típicas multinacionales informáticas, en la pŕactica sólo otorgará ese nuevo derecho a aquellos ciudadanos que sean clientes de algunas de esas multinacionales, y en especial clientes de una que actualmente tiene el práctico monopolio de sistemas operativos y de la ofimática en las administraciones. Esto significa que, según el actual borrador, esta ley no vela por que se ampare el derecho constitucional de igualdad y no discriminación ante la ley de todos los españoles. CAPÍTULO SEGUNDO Derechos y Libertades Artículo 14 Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Muy al contrario de lo dictado en la Carta Magna, la actual ley discrimina a cientos de miles de españoles, pues propugna la perduración y el respeto de los que llama " estándares establecidos" en vez de regularizar el uso de los " estándares abiertos" internacionales y públicos, que es lo que dicta y define el Marco Europeo de Interoperabilidad de la Unión Europea, y lo que además ya están haciendo en muchas otras legislaciones mundiales (muchas europeas, como Dinamarca y Bélgica , e incluso Francia , así como en España Extremadura). |
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"Estándar abierto" |

En este informe, además del análisis de definiciones existentes en la Unión Europea, se ofrece la propuesta de someter a estudio y uso una definición adicional que ha demostrado una especial robustez histórica en la praxis. |
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Accesibilidad |
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En la Declaración de Hyderabad sobre Personas con Discapacidades, la Coalición Dinámica sobre Accesibilidad y Discapacidad, formada por el órgano de gobierno de la Internet (IGF) y el organismo internacional de estandarización de las telecomunicaciones, ITU, urge a la liberación de software para tecnologías asistenciales. También urge a los gobiernos a diseñar políticas de licitaciones TIC y de propiedad intelectual e industrial que cumplan con los estándares abiertos y promuevan la existencia de tecnologías asistenciales en software libre. Hyderabad Declaration on IGF Accessibility for Persons with Dissabilities (1ª reunión de la DCAD, 6 de diciembre de 2008) |
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